IMPUESTO A LA RENTA

IMPUESTO A LA RENTA

El impuesto a la renta, también conocido entre otros como impuesto a las ganancias, como impuesto sobre la renta o income tax en inglés.
Es un impuesto directo porque recae directamente sobre quien lo genera. que los gobiernos imponen sobre las ganancias y/o ingresos generados por individuos o entidades (como empresas) en un período determinado, por lo general un año fiscal.
Objetivo principal es recaudar fondos para el Estado y financiar diversas actividades del estado, como educación, salud, infraestructura, entre otros.
Existen diferentes sistemas de impuesto a la renta en el mundo:
Progresivos donde las tasas impositivas aumentan con el ingreso
Regresivos donde la tasa impositiva que se paga es el mismo porcentaje independientemente del ingreso.

IMPUESTO A LA RENTA en el peru

El Impuesto a la Renta en el Perú es un tributo anual (1 de enero al 31 de diciembre) que no grava los ingresos sino grava la renta (ganancia o utilidad) de los obtenidos por personas naturales y empresas, con tasas que varían según el tipo y monto de la renta
Impuesto a la Renta se aplica sobre: Renta (ganancia) = Ingresos gravados – Gastos deducibles
La obligación del impuesto nace cuando existe ganancia (positiva).
Grava las rentas obtenidas por personas naturales y empresas, provenientes de:

  • Capital (Inmuebles, Dinero, Valores mobiliarios y Bienes que generan rendimientos)
  • Trabajo (labor dependiente o independiente tiene como base el conocimiento, habilidades o tiempo. No depende del capital invertido)
  • Combinación de ambos (actúan conjuntamente) capital y trabajo para producir rentas. (Uso de activos, Gestión, dirección o trabajo humano, Riesgo empresarial)
  • Incremento patrimonial. Son ganancias que aumentan el patrimonio, aun cuando no provengan directamente del capital o el trabajo habitual (Venta con utilidad de inmuebles acciones, ganancias ocasionales, desbalance patrimonial e Indemnizaciones gravadas).

Tipo de Contribuyentes del impuesto a la renta:
Personas Naturales: Los individuos que obtienen ingresos de diferentes fuentes del capital y trabajo.
Empresas: Comprende a las empresas y otras entidades legales que generan ingresos.
Lo que debes pagar o declarar, debe distinguirse a que tipo de contribuyente se pertenece Persona Natural o Empresa y qué ingresos se genera. El impuesto se liquida por año fiscal y se declara ante SUNAT, normalmente mediante declaración anual, así como pagos mensuales en algunos casos.

IMPUESTO A LA RENTA por personas naturales

La estructura vigente para los periodos 2025 (UIT S/ 5,350) y 2026 (UIT S/ 5,500). La Unidad Impositiva Tributaria (UIT) es la referencia base para topes y escalas. El impuesto se liquida por año fiscal y se declara ante SUNAT, normalmente mediante declaración anual más pagos mensuales en algunos casos.
Se divide en categorías según el origen de los ingresos.

A) Rentas de Capital (Tasa fija)

No entran a la escala progresiva; se pagan de forma definitiva mensual o al momento de la operación.

Categoría

Origen del Ingreso

Tasas Efectiva y Nominal

Declaración y pago

Primera
1ra

Alquiler de bienes (inmuebles, vehículos, etc.).

5% del alquiler mensual o.
6.25% de renta neta (renta bruta menos 20% deducción).
Desde 2026, se paga solo por lo cobrado, no por lo devengado.

Pago Mensual.
Vía Formulario virtual N° 1683

Segunda
2da

Otras rentas de capital:(venta de inmuebles (no habitual), valores mobiliarios,
Intereses, dividendos y regalías.

5% sobre la ganancia bruta o 6.25% sobre la renta neta.

Al momento de la venta o en la declaración anual (según el caso).

Nota: La venta de tu «casa habitación» (vivienda única por más de 2 años) no paga impuestos.

B) Rentas de Trabajo (Escala Progresiva)

Categoría

Origen del Ingreso

Tasas Efectiva y Nominal

Declaración y pago

Cuarta
4ta

Ingresos por trabajo independiente.

8% de retención sobre recibo de honorarios > S/ 1.500 del mes.
Progresiva anual (ver tabla de tasas).

Profesionales liberales, consultores. Posible suspensión si ingresos anuales ≤ S/ 48.125 (equivalente a S/ 4.010/mes).

Quinta
5ta

Ingresos por trabajo dependiente (sueldos).

Retención mensual de remuneración.
Progresiva anual (ver tabla de tasas).

Remuneraciones en planilla.

Aquí se suman los ingresos de 4ta Categoría (Recibos por Honorarios) y 5ta Categoría (Remuneraciones).
Monto Libre de Impuestos: Todos tienen derecho a deducir 7 UIT fijas anuales (S/ 37,450 para 2025 y S/ 38,500 para 2026). Si ganas menos ese al año, no pagas IR.
Deducción Adicional (3 UIT): Puedes descontar hasta 3 UIT extra si pides boleta electrónica (con tu DNI) en gastos específicos:
Restaurantes y Hoteles (15%).
Servicios Profesionales y Oficios (30%).
Alquiler de inmuebles (30%).
EsSalud de trabajadoras del hogar (100%).
Cálculo del Impuesto: A la renta después de las deducciones, se aplica estas tasas escalonadas y acumulativa:

Tramos para el 2025 = 5,350

Desde (S/)

Hasta (S/)

Diferencia

Tasa

Hasta 5 UIT

0

26,750

26,750

8%

Más de 5 UIT hasta 20 UIT

26,751

107,000

80,249

14%

Más de 20 UIT hasta 35 UIT

107,001

187,250

80,249

17%

Más de 35 UIT hasta 45 UIT

187,251

240,750

53,499

20%

Más de 45 UIT

240,751

A más

 

30%

Tramos para el 2026 = 5,500

Desde (S/)

Hasta (S/)

Diferencia

Tasa

Hasta 5 UIT

0

27,500

27,500

8%

Más de 5 UIT hasta 20 UIT

27,501

110,000

82,499

14%

Más de 20 UIT hasta 35 UIT

110,001

192,500

82,499

17%

Más de 35 UIT hasta 45 UIT

192,501

247,500

54,999

20%

Más de 45 UIT

247,501

A más

 

30%

IMPUESTO A LA RENTA de EMPRESAS

Las empresas tributan según el régimen al que se acogieron.

Régimen Tributario

A quién va dirigido

Tasa de Impuesto a la Renta

Nuevo RUS
(NRUS)

Pequeños negocios (bodegas, puestos de mercado) con ventas < S/ 8,000 mes.

Cuota fija mensual: S/ 20 (cat. 1) o S/ 50 (cat. 2). No presentan balance anual.

Régimen Especial
(RER)

Pequeñas empresas de comercio/servicios. Ventas < S/ 525,000 año.

1.5% mensual sobre ingresos netos. Se cancela mes a mes. No hay regularización anual.

Régimen MYPE Tributario
(RMT)

Micro y pequeñas empresas. Ventas < 1700 UIT.

Escala Progresiva Anual:
• Primeras 15 UIT de ganancia neta: 10%.
• El exceso de 15 UIT: 29.5%.

Régimen General
(RG)

Grandes empresas o aquellas que no encajan en los otros regímenes.

29.5% sobre la utilidad neta anual.

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